Resumen
El artículo analiza el impacto de la reforma de la Ley de Glaciares en Argentina en 2026, con la modificación de la Ley 26.639 de 2010 por la 27.804 bajo el Decreto 271/26. Desde la perspectiva de la geografía ambiental, se enfatiza la importancia de los glaciares y ambientes periglaciares como reservas estratégicas de agua dulce, esenciales para el consumo humano y las economías regionales. Asimismo, se pone en evidencia el alarmante retroceso glaciar debido al cambio climático. La nueva normativa reduce el alcance de la protección previa al descentralizar el control en las provincias y permitir la exploración y explotación minera en zonas periglaciares. A su vez, se exponen los actores involucrados y el conflicto ambiental entre quienes potencian la riqueza de los glaciares frente a los intereses extractivos de corporaciones mineras, motivados por el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones. Finalmente, se destaca la necesidad de una Educación Ambiental Integral y de aplicar criterios de justicia ambiental para garantizar la gestión colectiva y a largo plazo de estos bienes comunes.
Palabras clave: glaciares, cambio climático, modificación normativa, actividad minera, geografía ambiental
Introducción
Desde el año 2010, la República Argentina defendía sus glaciares a partir de la ley 26.639[1] que estipulaba el Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial, y planteaba entre sus principales objetivos: a) la protección de los glaciares por ser considerados bienes de carácter público, como reservas nacionales de agua dulce estratégicas de recursos para el consumo humano, b) su preservación por la biodiversidad y función ecosistémica, c) por ser bienes de la naturaleza con gran relevancia científica y ser importantes para las actividades turísticas. Asimismo, y entre otras cuestiones, por cumplir el rol de alimentar el ciclo hidrológico y regular el recurso hídrico. De esta manera, la ley limitaba su intervención en búsqueda de protegerlos, sobre todo de actividades mineras.
Durante el 2026 en Argentina, se elevó al congreso un nuevo proyecto de ley en torno a las zonas glaciares y periglaciares con ciertas particularidades. Dicho proyecto de modificación, que luego terminó convirtiéndose en la Ley 27.804 bajo el Decreto 271/26, reduce el alcance de la protección ambiental previa, permitiendo la exploración y explotación minera en zonas periglaciares y descentralizando aún más el control sobre las provincias quien serían las encargadas de definir, en cada caso, la zona a preservar limitada bajo la premisa de cumplir una “función hídrica”.
Ante esta nueva realidad, nos planteamos la importancia de la preservación de los glaciares como bien común y como recurso estratégico a nivel nacional y mundial, como así también la manera en que la geografía ambiental puede aportar a su estudio a partir de la formulación y respuesta a algunas preguntas: ¿Qué son los glaciares? ¿Por qué son importantes? ¿Dónde se localizan en nuestro país? ¿Por qué son estratégicos? ¿Qué sucede hoy ante el cambio climático con su comportamiento? ¿Qué cuencas hídricas alimentan? ¿A qué cantidad de habitantes o ciudades? ¿Que planteaba la ley 26.639? ¿Cómo ayuda a las economías regionales del país su preservación? ¿Qué conflictos ambientales detectamos y entre qué actores? ¿De qué se trata la nueva ley 27804 bajo el Decreto 271/26? ¿Qué podemos reflexionar o proponer desde la geografía ambiental?
En este sentido, desde lo metodológico se obtuvo información de distintas fuentes bibliográficas, normativas, análisis de discursos de actores, elaboración de mapas en SIG, cartografía oficial (IGN), entre otros. Los resultados muestran una disparidad marcada entre lo que es la evidencia científica, trabajada durante muchos años por científicos de nuestro país y desde donde nos posicionamos desde la geografía ambiental, versus los sectores alineados a la minería y al Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones que también tienen su destino en esta actividad. Algunos lineamientos son planteados como perspectivas de gestión ambiental dejando de lado el pensamiento desde lo individual, para plantearnos unos/muchos desde lo ambiental y el hacer colectivo con una participación activa como ciudadanos y siempre pensando desde la justicia ambiental y en lo que dejaremos a nuestras futuras generaciones.
¿Qué son los glaciares y cuál es su importancia?
Los glaciares son masas de hielo que se forman naturalmente (en algunas montañas) donde la cantidad de nieve que cae en invierno no alcanza a derretirse en el verano y se acumula a lo largo de los años. Sin embargo, los glaciares no son únicamente la masa de agua dulce en estado sólido que se ve en superficie, sino que son parte constituyente de éstos el material detrítico rocoso y los cursos internos y superficiales de agua. Tienen un rol fundamental en el ciclo hidrológico, ya que alimentan las cuencas hídricas en momentos de deshielo y actúan como reservas de agua dulce. El agua que poseen, además de ser utilizada para el consumo humano, se usa para el desarrollo de distintas actividades económicas.
En los márgenes de los glaciares o en su entorno inmediato, se encuentra el ambiente periglacial, que no siempre está cubierto de hielo permanente y actúa como un sistema de suelo congelado o permafrost, también contemplados por la ley 26.639. Este área, del mismo modo que los glaciares, actúa como regulador hídrico, ya que protege las reservas de agua dulce y recarga el caudal de los ríos mediante el deshielo. Estos ambientes, debido a sus características y funciones, pueden ser considerados un bien común en tanto que constituyen un patrimonio natural público.
En cuanto a su protección, la Ley del 2010, además de reconocer su riqueza, restringía en su artículo 6º, todas aquellas actividades que pudiesen afectar su condición natural, como la liberación de sustancias contaminantes, la construcción de obras de arquitectura e infraestructura, la exploración y explotación minera e hidrocarburífera y la instalación de industrial tanto en los glaciares como las zonas periglaciares y glaciares de escombro. Otra particularidad no menor, es que dicha ley creó el Inventario Nacional de Glaciares, a cargo del Instituto Argentino de Nivología Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), destinado a identificar, caracterizar y monitorear todas las masas de hielo y geoformas periglaciares relevantes para garantizar la provisión y la calidad del recurso hídrico.
A su vez, los glaciares son considerados recursos estratégicos principalmente porque debido a su alto almacenamiento de agua dulce del planeta -cerca del 70% – son clave para garantizar la supervivencia humana, la soberanía alimentaria y el desarrollo económico, factores esenciales para la soberanía nacional. Ante ello, la Ley 26.639 al respecto sostenía que era importante “preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano; para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas; para la protección de la biodiversidad; como fuente de información científica y como atractivo turístico” (Decreto Reglamentario 207/2011). Asimismo, dicha norma también asumía que los recursos naturales estratégicos son todo recurso escaso, actual o potencialmente vital para el desarrollo de la actividad humana o para el mantenimiento de la calidad de vida de una Nación. En este caso, los recursos hídricos sólidos son considerados «reserva estratégica», por su capacidad de regulación hídrica a largo plazo. Y de allí, la necesidad de preservarlos y protegerlos, y por ende, prohibir aquellas actividades que puedan afectar su condición natural o sus funciones como reservas estratégicas.
¿Dónde podemos encontrar estos ambientes y qué intereses hay en ellos?
Recurriendo al Inventario Nacional de Glaciares[2] realizado en 2018 por el IANIGLIA, en Argentina existían 5.768 km2 de hielo y 16.078 glaciares en total, ubicados al oeste, sobre relieves montañosos y serranos. Si se compara la primera cifra con la superficie total de nuestro país a nivel continental, es decir, 2.780.085 km², las áreas de glaciares corresponden sólo a un 0,2% de la misma, siendo este porcentaje una porción muy ínfima pero no así menos importante. Asimismo, representa un 1% de la Cordillera de los Andes desde Jujuy a Tierra del Fuego siendo la mayor concentración en cuanto a cantidad en los Andes Centrales (San Juan – Mendoza). No obstante, aquellos de mayor extensión y tamaño se encuentran en la Provincia de Santa Cruz: los cuatro más grandes del país, que forman parte del Campo de Hielo Patagónico Sur: son el Glaciar Viedma, el Glaciar Upsala, el Glaciar Perito Moreno y el Glaciar Spegazzini.
Allí es donde han puesto el ojo distintas actividades extractivas, ciertos proyectos mineros, y muchos de ellos en manos extranjeras. Esto puede observarse en la Figura 1[3] obtenida del mapa dinámico realizado en el marco del Observatorio de Tierras, donde se pueden ver los glaciares hacia el oeste, y la presencia de los proyectos mineros (metalífero y no metal) coincidiendo, en varios casos, con la ubicación de los ambientes glaciares y periglaciares.

Fuente: https://thomasartopoulos.github.io/mapa_extranjerizacion/
Los glaciares, testigos frágiles ante el cambio climático
Mientras el clima se mantenga constante y dentro de parámetros normales, la masa de glaciares no sufre grandes modificaciones a partir de procesos de acumulación por nevadas frecuentes durante los períodos invernales, su compactación y posterior derretimiento en épocas primaverales y en verano. En los últimos veinte años nos enfrentamos a un clima que ha variado mucho. La temperatura se incrementó a razón de 1,5° a 3° según el lugar del planeta, y se han exacerbado los fenómenos climáticos expresados en olas de calor más intensas, lluvias torrenciales e inundaciones o en contrapartida sequías prolongadas. Estos cambios afectan de manera directa los glaciares cuyo retroceso en Argentina avanza a razón de 1 metro por año a nivel general. Según un informe de IANIGLIA (2019), en los Andes, entre 2000 y 2018 los grandes glaciares de la Patagonia han perdido un promedio de 70 cm de espesor de hielo por año, totalizando un adelgazamiento de casi 14 m. En otros glaciares, tales como el Upsala, la retracción ha sido aún peor (figura 2). Ante ello, Mazzoni y Rabassa (2020) afirman que el calentamiento regional en los Andes Patagónicos provocó un acelerado derretimiento de casi la totalidad de los frentes glaciares, lo que produjo la aparición y crecimiento de nuevos lagos, lagunas y humedales en los espacios abandonados por el hielo. Este proceso continúa en la actualidad, generando una gran pérdida del patrimonio natural de los glaciares andinos.

El resultado de esta tendencia se traduce en la pérdida y degradación del permafrost de montaña. Con ello también la inevitable merma en el caudal de los ríos que son abastecidos por estos cuerpos congelados disminuyendo las reservas de agua dulce, ya que terminan irremediablemente infiltrándose, evaporándose o integrando las masas de agua salada al llegar al mar. Esto explica también el aumento del nivel del mar, otro de los impactos globales del cambio climático, y las consecuencias que esto trae en las costas vinculadas a inundaciones frecuentes y la exposición a procesos erosivos.
Al desaparecer el hielo, la Tierra pierde superficies blancas que reflejan la luz solar (efecto albedo), lo que es absorbido por océanos y tierra, aumentando aún más el calentamiento global. Al ir desapareciendo los glaciares, también con ellos se pierde la biodiversidad allí generada por su misma presencia, con el impacto negativo hacia los ecosistemas que necesitan de estas inmensas masas de hielo, provocando migración de aves, pérdida de vegetación sobre todo bosques y desfavoreciendo corredores ecológicos.
Por su parte,los negacionistas del cambio climático suelen argumentar que el derretimiento de los glaciares es un proceso natural y cíclico. A menudo sostienen que el hielo Antártico lejos de disminuir, está aumentando, y minimizan la gravedad del calentamiento global citando ejemplos de fríos extremos o nevadas inusuales (Chiaramoni, 2025). Científicos y estudiosos del tema, sostienen que si bien el planeta ha experimentado numerosos cambios climáticos a lo largo de su historia, hace 6-7 millones de años atrás hasta la actualidad, se sucedieron al menos 100 períodos glaciales e interglaciales asociados a estas variaciones en la temperatura media global. Mientras en los momentos de mínimas temperaturas (períodos glaciales), los glaciares patagónicos alcanzaron su máxima extensión, ya hace muchos años la tasa de retroceso del frente de la casi totalidad de los glaciares del mundo, incluyendo los patagónicos, fue en aumento como resultado del calentamiento global incrementado por la actividad humana. La evidencia, en parte, está dada por el reconocimiento de nuevos lagos aún no registrados a partir de la fotointerpretación de imágenes satelitales (Mazzoni, y Rabassa, 2020).
Dato curioso: Se compararon imágenes satelitales Landsat disponibles desde 1984 a la actualidad, así como con la utilización de imágenes de alta resolución espacial de la plataforma Google Earth. Se obtuvieron valores de cotas que permitieron estimar el espesor del hielo perdido y observar la presencia de diversos rasgos geomorfológicos relacionados con los procesos de desintegración glacial.
Cuencas hídricas alimentadas por glaciares y su importancia en las economías regionales de Argentina
Los glaciares alimentan cuencas hidrográficas de todo tipo dentro de nuestro país, es decir, arreicas, endorreicas y exorreicas. La mayor parte de las cuencas argentinas corren de oeste a este por lo que su alimentación corresponde al derretimiento de los hielos. Un dato no menor es que estas cuencas que allí nacen recorren miles de kilómetros atravesando la famosa diagonal árida que en nuestro país ocupa aproximadamente un 75% de la superficie y es donde se concentran los principales oasis poblacionales con actividades agropecuarias destacadas de las economías regionales del país. No debemos dejar de mencionar que en las áreas de regadío que sólo corresponden a un total del 5 % del área cultivada, a partir de aguas superficiales y subterráneas y a pesar de su baja eficiencia relativa, se genera alrededor de un 13 % del valor de la producción agrícola nacional. (Pérez Ballari, y Cortizas, 2022).
Estas cuencas se relacionan con 1800 localidades con aproximadamente 7 millones de habitantes que se abastecen de este bien común para todas sus actividades incluido el consumo humano.
¿Qué conflictos ambientales detectamos y entre qué actores? ¿Que plantea la nueva ley 27.804 bajo el Decreto 271/26?
Como nos referimos anteriormente y pese al consenso de que la humanidad tiene gran responsabilidad en el cambio climático, esta cuestión se ha convertido, en los últimos años, en una discusión polarizada, politizada y controversial aún cuando existen abrumadoras evidencias de cambios (Camillioni, 2018). La evidencia científica muestra un aumento de la temperatura a razón de 3,5°C a 5-6°C a más de 5.000 m en algunos sectores de los Andes, con disminución de las precipitaciones e incremento en eventos extremos tales como sequías-inundaciones y olas de frío-calor. La reducción en los caudales de algunos ríos cordilleranos responde a la disminución de las masas de agua almacenadas en los glaciares de alta montaña y ponen de manifiesto un aumento del riesgo de déficit hídrico. Por citar uno de múltiples ejemplos, el caudal del río Mendoza -la principal fuente de agua para el oasis irrigado más extenso y densamente poblado del centro-oeste de Argentina- persistió durante épocas de sequía a partir de las contribuciones de agua provenientes de nieve y hielo (Toum, Villalba y Masiokas, 2025).
Desde otra postura, se reconocen aquellos actores alineados a la actividad minera, quienes se dedican a la extracción de salmueras para la obtención de carbonato de litio para las baterías, actores en búsqueda de materias primas para su exportación (oro, plata, cobre, etc.) con el objetivo de obtener ganancias. Según datos de la Bolsa de Comercio de Rosario y de la Cámara Argentina de Exportaciones Mineras (2026) entre el 2020 y el 2025 la cantidad de ganancias provenientes de las exportaciones de la minería casi se duplicaron mientras que las principales fuentes se basaron en los siguientes minerales en orden de importancia: oro, plata y litio. Justamente, estas actividades estaban prohibidas por la ley 26.639/10, porque son actividades extractivas que utilizan métodos de desposesión de bienes de la naturaleza a gran escala, sin posibilidad de remediación en el corto, mediano y hasta largo plazo. Además, en el proceso utilizan mucha agua y sustancias químicas para producir, que luego son vertidas en suelos o cursos de agua, y producen transformaciones de gran envergadura en el ambiente.
Quienes defienden estos bienes de la naturaleza son aquellos actores de la resistencia, movimientos asamblearios ambientalistas, comunidades locales, quienes justamente fueron los que se proclamaron en contra de la reforma de la ley, e intentaron ser partícipes con sus discursos en la audiencia pública convocada en marzo de 2026 en la Cámara de Diputados de la Nación. El proceso generó una participación histórica con más de 100.000 inscriptos; sin embargo, despertó fuertes críticas de organizaciones ambientales y legisladores por permitir que solo un porcentaje mínimo pudiera exponer. Pudieron acceder a la oratoria el 0,3% de los inscriptos, es decir, 3 de cada 1000 pudieron expresarse, y alrededor del 90% de los oradores se manifestó en contra del proyecto de ley presentado.
En esta línea, con la reforma de la ley, se favoreció a ciertas actividades como la minería para ganar más territorios para producir, redefiniendo cuáles son los glaciares que se deben proteger y quién debe decidirlo. En particular, no resultó curiosa la adhesión de algunas provincias como Misiones, Entre Ríos, Corrientes, Santa Fe, Chaco, Salta, Catamarca, San Juan y Mendoza, ya que reclaman la potestad de determinar el futuro de los recursos que poseen (Figura 3).

De esta manera se delega la identificación de los recursos -entre ellos los glaciares- a cada una de las provincias, mientras se relativiza el rol científico de las instituciones encargadas de su estudio, perdiéndose la unidad nacional y una posición única frente al uso y manejo de los recursos. Se deja a los gobernadores de las provincias la decisión, teniendo en cuenta que el poder de negociación de las mismas frente a las grandes empresas multinacionales es ínfimo en relación con el PBI provincial. El combo Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (Ley 27.742) más la Reforma de Glaciares en Argentina facilita la extracción rápida y la exportación del 100% del recurso sin dejar capacidad tecnológica en el país (Wieczorko, 2026).
Frente a la reforma, algunas provincias utilizaron recursos de amparo para obstaculizar la nueva ley. En Santa Cruz, el amparo ambiental fue promovido por el Consejo Deliberante de El Calafate, la municipalidad local, el diputado provincial Alegría y la diputada nacional Ianni. Esto desencadenó en un fallo sin precedentes emitido por el juez federal de Rio Gallegos, quien dictó una medida cautelar con el fin de suspender la aplicación de las modificaciones de la ley en territorio de Santa Cruz. Esto impidió al Estado Nacional a autorizar y ejecutar actividades que afecten glaciares y periglaciares hasta que haya sentencia definitiva. Sin embargo, a principios del mes de junio, la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia revocó el fallo por considerar que el riesgo ambiental planteado era «conjetural», ya que existen otras normas de protección de áreas de glaciares y periglaciares vigentes en la provincia como la Ley Provincial 3.123[4] (Noalamina.org, 2026).
Por su parte, en La Pampa se presentó un amparo colectivo a cargo del gobernador Sergio Ziliotto de la provincia de La Pampa, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), la Universidad Nacional de La Pampa, la Fundación Chadileuvú y la Asamblea por los Ríos Pampeanos, ante el Juzgado Federal de la provincia para plantear la inconstitucionalidad de la reforma, y a través de una medida cautelar para suspender transitoriamente la vigencia de la reforma de la ley. La acción contó con el respaldo de más de 850.000 firmas. La demanda principalmente argumentó que viola el principio de no regresión ambiental y pone en riesgo recursos hídricos, como el río Colorado, y otras cuencas que nacen en la Cordillera que abastecen a La Pampa y Buenos Aires. La provincia de Buenos Aires apoyó la iniciativa, y quien sumó argumentos al debate fue la ministra de Ambiente de la provincia, quien desmintió la justificación de que la reforma fuese pro producción, sosteniendo que justamente sin agua no hay producción, y en la particularidad bonaerense, los glaciares funcionan como sistema de riego de casi 80.000 hectáreas en Villarino y Patagones, por mencionar un caso. Estas acciones dejan entrever la multiplicidad de actores que han intervenido en el proceso de reforma de la ley y en los pasos posteriores, lo que demuestra la complejidad del problema.
¿Qué podemos proponer desde la geografía ambiental?
La geografía en tanto ciencia social que comprende al ambiente fruto de las relaciones entre la sociedad y la naturaleza, y lo analiza desde una mirada multidimensional, también logró posicionarse en cuanto al proyecto de reforma de la ley del 2010. A su vez, se pensaron algunas propuestas que podrían sumar a la gestión ambiental del territorio, y de sus bienes naturales en particular.
Por un lado, el desarrollo de zonas de montaña debe regirse por criterios uniformes de conservación en todo el país, ya que no puede quedar libre a la interpretación subjetiva de los actores que quieren apropiarse de los recursos. Así, la extracción, producción e industrialización y la protección ambiental deben definirse desde el ámbito nacional con criterios unánimes en toda la extensión del país. De hecho, existen experiencias regionales en América Latina que demuestran esta posibilidad, países como Colombia o Chile, de tradición minera y dependencia respecto del agua, cada vez más centralizan las decisiones a nivel nacional y definen políticas únicas en materia ambiental respecto de estas actividades a diferencia de la Argentina donde cada día se torna más descentralizado.
Asimismo, la actividad minera actual se enmarca en un modelo de desarrollo extractivo que tiene su correlato directo en la fragmentación territorial. Desde las aulas se torna complejo el avance hacia una postura crítica respecto al uso y manejo de los recursos frente a una realidad en la que cada provincia es autónoma en la toma de decisiones sobre los recursos y las realidades regionales son tan disímiles en cuanto a lo que la actividad minera representa para cada una. Ante ello, la propuesta de formar a la ciudadanía en general y a los estudiantes en particular desde la Educación Ambiental Integral resulta clave para abordar temas y contenidos desde la mirada transdisciplinar, incluyendo múltiples dimensiones y desde una perspectiva crítica. En línea, la incorporación del concepto de justicia ambiental basada en la participación ciudadana y una distribución equitativa de los bienes y recursos, puede ser un puntapié.
A su vez, los lineamientos de gestión ambiental deben ser a largo plazo pues la gestión debe acompañar los ciclos y tiempos de la naturaleza. La implementación de políticas públicas debe tener en cuenta el contexto, ya que no es lo mismo diagnosticar y proponer actividades en un territorio cuando el impacto del cambio climático sobre las reservas de agua en estado sólido puede ser demoledor e irreversible.
Por todo ello, los cambios aprobados recientemente por el Senado de la Nación en el marco del proyecto de ley que modifica la Ley 26.639 se consideran un grave retroceso en materia de protección ambiental. Ello se suma a las numerosas pérdidas de derechos en el campo social impulsados mediante la Reforma Laboral y el Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones. Finalmente, sostenemos que los glaciares son patrimonios naturales, los ambientes periglaciares son hogar de miles de comunidades y el agua dulce es un derecho humano imprescindible. Rechazamos cualquier arrebato sobre estos ambientes.
Bibliografía
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Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas IANIGLA-CONICET. (2019) Inventario Nacional de Glaciares y Ambiente Periglacial: Plan de actualización. Octubre de 2019, Mendoza. https://www.glaciaresargentinos.gob.ar/wp-content/uploads/legales/plan_de_actualizacion_ING_2019_gde.pdf
Mazzoni, E. y Rabassa, J.O. (2020) Cambio climático: retroceso de glaciares y formación de nuevos lagos. Museo (32), pp. 29-38. https://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/117436
Noalamina.org (2 de junio de 2026) En Santa Cruz revocaron la medida cautelar que suspendía la reforma de la Ley de Glaciares. https://noalamina.org/argentina/santa-cruz/item/258798-en-santa-cruz-revocaron-la-medida-cautelar-que-suspendia-la-reforma-de-la-ley-de-glaciares
Pérez Ballari, A. y Cortizas, L. (2022) Escenarios y realidades en torno a la gestión del agua en Argentina (2000-2022). Revista Locale, año 7 (7), pp. 87-111. https://bibliotecavirtual.unl.edu.ar/publicaciones/index.php/revistalocale/issue/view/984/272
Toum, E., Villalba, R. y Masiokas, M.H. (2025) Snow and Glacier Contributions to the Mendoza River in the Semiarid Central Andes of Argentina. Hydrological Processes, 39 (4), pp- 1-17. https://doi.org/10.1002/hyp.70132
Wieczorko, N. (2026). Argentina entre el RIGI y la Ley de Glaciares: ¿soberanía hídrica o enclave extractivo? .Fractura. Mirar el mundo con ojos geográficos. Blog. 16/04/2026 https://fractura.blog/argentina-entre-el-rigi-y-la-ley-de-glaciares-soberania-hidrica-o-enclave-extractivo/
[1] https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/170000-174999/174117/norma.htm
[2] https://www.glaciaresargentinos.gob.ar
[3] Se trata de una interfaz del Mapa de la Extranjerización de la Tierra en Argentina, desarrollada por el historiador Thomas Artopoulos, y publicada el 30 de enero de 2026. https://www.observatoriodetierras.ar/2026/01/mapa-de-la-extranjerizacion-de-la.html
[4] https://www.santacruz.gob.ar/ambiente/leyes_provinciales/ley N_3123 de Glaciares.pdf
[I] Andrea Pérez Ballari: Profesora y Licenciada en Geografía (UNLP). Magíster en Gestión Ambiental del Desarrollo Urbano (UNMdP). Desde 1999 es Docente del Departamento de Geografía en el cargo de Profesora Adjunta de la Cátedra de Geografía Física de la República Argentina y conforma el plantel de investigadores del Centro de Investigaciones Geográficas (FaHCE-UNLP). Se especializa en cuestiones de la geografía asociadas al ambiente, problemas y conflictos ambientales, riesgo, vulnerabilidad, educación ambiental, planificación y gestión ambiental.
[II] Ludmila Cortizas: Licenciada y Profesora de Geografía, Magíster en Políticas de Desarrollo (UNLP). Doctoranda en Geografía (FaHCE-UNLP). Directora de la Licenciatura en Geografía (UNQ). Es docente de las asignaturas Metodología de la Investigación Social en Geografía, y Ambiente, Sociedad y Territorio. Asimismo, se desempeña como JTP de la cátedra Geografía Física de la República Argentina (FaHCE-UNLP). También está a cargo de cursos de posgrado sobre Planificación a escala territorial (UNLP), y Problemas Ambientales, Urbanos y Territoriales (UNQ). Participa en grupos de investigación y extensión en UNLP y UNQ.
